Las normas oficiales mexicanas son actos administrativos de carácter
general cuya particularidad radica en que para su creación o modificación debe
seguirse un procedimiento de consulta pública que garantiza la transparencia,
publicidad y la legitimidad de la regulación generada, pues los sectores
público, privado y social están facultados para realizar las manifestaciones
que estimen pertinentes.
La modificación
a la “NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres.
Criterios para la prevención y atención” publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 2016, no respetó esos principios de transparencia
y publicidad, además, generó nuevos procedimientos obligatorios para
instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud de los cuales no se cuenta
con una estadística precisa de aplicación y que pueden vulnerar los derechos de
adolescentes entre 12 y 17 años.
La investigación realizada implicó: 1) el ejercicio del derecho de acceso a la información; 2) la interposición de recursos ante el INAI; 3) el seguimiento al cumplimiento de la resolución del INAI; 4) la interposición de un amparo indirecto ante Poder Judicial de la Federación; y 5) la publicación de un comentario jurídico en la Revista de "Estudios en Derecho a la Información" del Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Todo ello para advertir de las deficiencias y arbitrariedades en las que puede incurrir una autoridad administrativa al momento de generar actos administrativos de carácter general sin el respeto a las formalidades esenciales del procedimiento.
Al efecto se agrega el link del artículo públicado en la Revista del Instituto de Investigaciones Jurídicas.
http://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=5929
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