La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, señala que estos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución, en los tratados internacionales y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.
Los derechos humanos Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo orientación sexual, etnia o nacionalidad y son independientes o no dependen exclusivamente del orden jurídico vigente.
La división de los derechos humanos en tres generaciones fue concebida por primera vez por Karel Vasak en 1979. Cada una se asocia a uno de los grandes valores proclamados en la Revolución Francesa: libertad, igualdad y fraternidad.
Los derechos de primera generación son los derechos civiles y políticos, vinculados con el principio de libertad. Generalmente se consideran derechos de defensa o negativos, que exigen de los poderes públicos su inhibición y no injerencia en la esfera privada, entre ellos encontramos los siguientes:
- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.
- Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos
- Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre
- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral
- Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación
- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia
Por su parte, los derechos de segunda generación son los derechos económicos, sociales y culturales, que están vinculados con el principio de igualdad. Exigen para su realización efectiva de la intervención de los poderes públicos, a través de prestaciones y servicios públicos, entre ellos encontramos:
1. Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.
2. Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias;
3. Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses;
4. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios;
5. Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.
La tercera generación de derechos, surgida en la doctrina en los 80's se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario, claros ejemplos de estos derechos son:
1. La autodeterminación;
2. La independencia económica y política;
3. La identidad nacional y cultural;
4. La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos;
5. El medio ambiente;
6. El patrimonio común de la humanidad;
7. El entendimiento y confianza