Según la Ley del impuesto especial sobre producción y servicios, el tabaco se encuentra sujeto a una tasa de 160%, por lo que más de la mitad del precio de una cada cajetilla se va para impuestos, (13 de cada 20 cigarros). La medida resulta bastante comprensible pues los cigarros son una de las principales causas de más de 20 tipos de cáncer, ocasiona la muerte prematura de 50 mil personas al año y que a partir de 1990 el cáncer pulmonar es la segunda causa de muerte en México, además, su tratamiento es costoso e implica grandes erogaciones al sector salud para atender a las miles y miles de personas que sufren dichas enfermedades como consecuencia de ser fumadores, activos o pasivos.
Luego entonces, nos encontramos ante un impuesto con fines extrafiscales, ya que su objetivo primigenio no es recaudar, sino evitar o desalentar el consumo de tabacos. Sin embargo, en la otra cara de la moneda tenemos que la industria tabacalera es uno de los mayores contribuyentes privados del estado y que directa e indirectamente genera más de 5 mil empleos en nuestro país e inversiones millonarias, por lo que el cambio de las reglas del juego en el ámbito fiscal, como el aumento en siete de pesos a las cajetillas de cigarros para impuestos, generan incertidumbre y falta de seguridad jurídica para las tabacaleras.
En esas condiciones se limitan las inversiones, además, los empleos directos e indirectos relacionadas con las tabacaleras pueden verse afectados y se propicia la piratería, por lo que antes de aumentar el peso de las cajetillas como un parche fiscal, hubiera sido conveniente estudiar otras opciones que no afecten ni limiten las inversiones en el país.